Efectos de la Droga AMPLIACTIL en la Escritura Manuscrita

En las investigaciones de las falsificaciones, adulteraciones u otros fraudes que pueden cometerse con documentos por los que se perfeccionan disposiciones, tarea propia de los Peritos Calígrafos, deben actualizarse en forma constante no sólo los conocimientos y la capacidad de los investigadores, sino tambien la la técnica de los métodos que adopta o incorpora la delincuencia en sus maniobras, favorecida por el acceso que logra a los adelantos en este campo. Se plantea así una permanente pugna entre los medios que desarrolla esa delincuencia y los elementos a que puede echar mano el Perito Calígrafo, punga en la que es necesario permanecer en constante alerta.

En la actualidad, en todos los países del mundo, es cada vez mas frecuente el uso de drogas que afectan la mente del individuo. Unas veces esas drogas tienen por objeto la satisfacción de vicios, pero otras veces, son administradas como parte de tratamientos médicos, ambos casos dan lugar a la posibilidad de efectos en los centros cerebrales, y por ende en la escritura.

Una droga de uso medicinal muy frecuente es la CLORPROMAZINA, conocida en la Republica Argentina, Francia, Brasil, etc., como “AMPLIACTIL”. Su uso medico, más frecuente en el tratamiento de la esquizofrenia es común como sedante, analgésico y como potencilizador de anestésicos o analgésicos. Es muy frecuente, entonces, que se lo indique en los casos en que prolongadas enfermedades dolorosas hacen imprescindible el uso de barbitúricos. Son muchos los casos que se administra Clorpormazina conjuntamente con morfina y sus derivados, y muchos los casos, en que una persona bajo sus efectos es inducida a firmar documentos de futura trascendencia jurídica.

Recientemente, en ocasión de una investigación ordenada por la justicia Penal de la Republica Argentina. Se hizo necesario determinar si en tres documentos, las firmas allí estampadas y por la que se cambiaba la beneficiaria de un testamento, pocos días antes de producirse la muerte del firmante, se encontraban elementos que indicarán el uso en el firmante, de los medicamentos de que daba cuenta la historia clínica. Resulto imposible determinar, por los métodos periciales normales, si esa firma era autentica. La única posibilidad residía en la prueba indirecta, es decir: si se comprobaban efectos de drogas usadas según la historia clínica, en la escritura, la firma correspondía al causante.

Iniciada la investigación, se comprobó que la morfina, la esplamagina, el pantopón, que eran los anestésicos recetados no producían efectos inconfundibles en esa firma. Sin embargo profundizando los estudios, realizados preferentemente en los Hospitales Nacionales de Neuropsiquiatría –hombre y mujeres- y en el Instituto Nacional del Cáncer, se constato que la CLORPROMAZINA SI producía efectos regulares y distintos en la escritura, que se mantenían constantes generalmente.

En la búsqueda de antecedentes y bibliografía sobre la materia, se supo de los resultados de las investigaciones patrocinadas por el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica (al frente de las cuales se encuentra el Dr. Edwin H. Elkin, de los Institutos de Investigaciones de Washington) que permiten afirmar, a través del Dr. Conan Kornetsky, de la Universidad de Boston, que el efecto de la CLORPROMAZINA en los esquizofrénicos es distinto al que produce en las personas mentalmente normales, en razón de la actividad de aquellos. Tal comprobación obligó entonces a los peritos argentinos a extender sus análisis a enfermos somáticos, con el objeto de que sus conclusiones fueran validas para todo tipo de personas.

El extender esas investigaciones tiene el inconveniente de que debe hacerse escribir (antes y después de la aplicación de CLORPROMAZINA) a personas que, por falta de comprensión o por falta de interés en cooperar en algo que le es extraño, ponen trabas, simplemente se oponen a la prueba grafica.

Debe tenerse presente que, para llegar a una conclusión definitiva y generalizada en esta materia, es absolutamente necesario analizar el resultado de muchos casos (actualmente sólo se han hecho experiencias con unas cien personas, casi todas enfermas mentales, contando con la colaboración de los medios legistas que se encuentran frente a las salas, en los Hospitales Neuropsiquiatricos e Instituto Nacional del Cáncer) y sobre todo, el cambiar informaciones e impresiones con colegas que se encuentran empeñados en investigaciones similares. Esa es la razón por la cual se expone aquí esta investigación, que se encuentra en sus comienzos y por la que se solicita a los distinguidos colegas a quienes interese este estudio, la colaboración destinada a aumentar en lo posible las experiencias tendientes a alcanzar resultados que apoyados en la diversidad de casos analizados, ofrezcan mayores datos estadísticos que permitan formular normas aplicables en lo general. Debe tenerse muy presente el hecho de que cada droga tiene en cada individuo una influencia o un efecto particular y personal. Solo la investigación realizada por varios colegas puede llevar al resultado buscado, pues se eliminarán así las apreciaciones subjetivas y se comparan resultados de distintas experiencias.

En los casos analizados, pudo comprobarse terminantemente que los efectos de la CLORPROMAZINA en la escritura comienzan a manifestarse a partir de una dosis determinada . Ello abre, además, una puerta a la posibilidad de establecer, por escritura, cual ha sido la cantidad de droga empleada, en forma aproximada y por ende puede permitir a los médicos forenses informar a los señores Jueces si quien ha firmado bajo la influencia de tal o cual dosis de CLORPROMAZINA se encontraba en el pleno uso de sus facultades mentales, o si, por el contrario, ha sido victima de captación dolosa de la voluntad. Téngase presente la importancia de ello puede tener en casos en que se haya inducido a firmar disposiciones patrimoniales (o de cualquier otra índole) a personas que no llegan a comprender la importancia de sus actos en la verdadera medida.

En la investigación realizada, el método de experimentación que hemos seguido ha sido el hacer escribir a cada internado antes de la dosis de CLORPROMAZINA (Inyectable intramuscular / intravenosas y por vía bucal) y hacerlo escribir después dejando pasar desde 10 minutos hasta una hora y media, tomando nota en cada caso de esos elementos. La intención era no sólo determinar como influía la droga en la letra sino tambien, de ser posible, en que momento y con que dosis se producía la alteración gráfica, con el objeto de relacionar esos elementos con el caso judicial investigado.

El efecto de la droga en relación al tiempo fue a veces fulminante (se dio el caso de un enfermo que al volver caminando para la segunda prueba de escritura a los veinte minutos de la inyección de CLORPROMAZINA, se detuvo en el pasillo y fue cayendo hasta quedar profundamente dormido) y en otros muy lento (téngase en cuenta que el acostumbramiento al remedio puede crear defensas que hicieren –como se ha observado- que no sobreviniera el sueño hasta dos horas después de la aplicación.

La intención de determinar por la escritura la cantidad de droga administrada no tuvo existo. Quizá hubiera sido necesario estudiar muchos casos para poder precisar esa circunstancia.

En el curso de los experimentos con personas a las que se aplicaba CLORPROMAZINA se comprobó que la reacción a la droga pudo variar desde un sueño profundo y fulminante, hasta sólo una ligera somnolencia. Por otra parte, según se pudo observar, quienes eran sometidos a un tratamiento continuo de CLORPROMAZINA eran quienes podían escribir a mayor distancia de tiempo luego de la aplicación.

Todos los enfermos examinados, sin embargo, se sumían en el sueño mas profundo (en un máximo de dos horas) con una dosis de CLORPROMAZINA de 0,50 mg.

Ahora bien, en ese lapso que transcurría desde la aplicación de la droga hasta el momento en que sé producida la nueva prueba caligráfica, era evidente la disminución de la capacidad escritural de la persona examinada. Los movimientos de la mano eran más lentos y se observa tambien cierta anormalidad en la posición. Sé hacia notable el esfuerzo o mejor dicho el aumento de esfuerzo, aún en elementos muy autorizados como la firma. Cabría preguntar: si ese aumento de esfuerzo no era la resultante de una disminución proporcional de la actividad mental que desencadena el proceso psíquico – motor de la escritura.

Se aclara nuevamente, que, No se pretendió entrar en terrenos científicos que son ajenos y vedados a los Peritos Calígrafos, pero sí poder transmitir sus observaciones sobre la conducta –con lapicera en la mano- de las personas que se observan escribiendo bajo los efectos de la CLORPROMAZINA, considerando esa observación de fundamental importancia, teniendo en cuenta que lo que se encontraba a estudio eran firmas. Ellas son la máxima expresión del automatismo grafico de la persona, es donde juegan con mayor libertad todos los elementos que se han ido incorporando paulatinamente al proceso o complejo grafico personal, en las firmas, no solo se reproducen constantemente elementos estructurales iguales sino que hasta influye la subjetividad de quien escribe su propio nombre y apellido en expresión de voluntad o de presencia.

Se ha visto, en los enfermos tratados con la droga que al firmar luego de la aplicación, los movimientos eran pesados, más lentos, evidenciando el esfuerzo que se ha mencionado.

Desde el punto de vista pericial, ese esfuerzo se traducía en algo fundamental, en la gran mayoria de los casos existía UNA DISMINUCIÓN DEL DESPLAZAMIENTO LATERAL , se comprobó no solo una menor distancia entre letras sino tambien un menor movimiento del antebrazo hacia la derecha.

Se estima necesario poner de manifiesto, lo ocurrido en un caso (enfermo esquizofrénico) que llamó la atención no solo de los peritos, sino tambien de los médicos presentes: al llamar a un internado para la prueba gráfica previa a la aplicación de Ampliacil, el mismo se negó terminantemente y hasta invocando en su apoyo “expresas normas del Código Penal”, a firmar en blanco. De nada valieron las explicaciones que se le daban sobre la carencia de peligros para él, pues se manifestaba rápida y lúcido en sus replicas, fue necesario que él medico –Jefe de Sala- firmará el papel antes que el enfermo para probarle que no podía ser perjudicado y solo así accedió a firmar. Luego de la aplicación de una dosis de 0,25 mg., de la droga y transcurrido un tiempo aproximado de 30 minutos, fue llamando nuevamente para la prueba, a la que no sólo no opuso ningún reparo sino que se allano rápidamente a todo lo que se le pidió. Esa docilidad fue general todos los internados tratados con CLORPROMAZINA.

Los peritos motivo de sus investigaciones llegaron a las siguientes conclusiones:

La escritura revela principalmente, por reducción de desplazamientos la influencia de la CLORPROMAZINA.

Las personas tratadas habitualmente con la esta droga (en dosis suficientes para producir el sueño profundo) tienen una resistencia mayor a producir deformaciones gráficas visibles.

Se producen también alteraciones gráficas en la inclinación y aún en las formas (hasta llegar a la destrucción) que guardan relación directa con la cantidad de droga y con el acostumbramiento por continuidad de tratamiento.

No ha sido posible determinar por el resultado de la escritura la cantidad de droga empleado (se ha experimentado con dosis de 0,10 hasta 1 mg.) Se considera posible tal determinación en caso de poder estudiar unos casos mucho mayor de casos.

En los casos en que hubo resistencia o reservar a las experiencias graficas antes de la aplicación de la CLORPROMAZINA, esa reserva desapareció luego de la aplicación o por lo menos decreció apreciablemente.

Realizado por:
Vicente Tangorra
Calígrafo Público Nacional
Presentado ante el 3º Congreso Internacional
en los Estados Unidos de NOrteamérica de
Expertos en Documentos Dudosos.

Recopilado y Condensado por:
Jorge Sergio Martí
Calígrafo Público Nacional
jmarti@periciascaligraficas.com